Ley de Muerte Digna de Andalucía (2010)


2010: 17 y 18 de marzo. El pleno del Parlamento de Andalucía aprueba la Ley de  Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte de Andalucía.

Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte de Andalucía. Aprobada por el Pleno del Parlamento los días 17 y 18 de marzo de 2010. Andalucía cuenta con la primera Ley que regula la muerte digna en España. Una norma pionera que regula los derechos de los pacientes en estado terminal y los deberes de los profesionales sanitarios en centros públicos y privados. Los tres grupos políticos del Parlamento la aprueban por unanimidad, salvo los artículos que no incluyen la objeción de conciencia de los médicos, rechazados por el PP.
Casos como el de Inmaculada Echevarría inspira esta Ley, que no aborda la eutanasia ni el suicidio asistido. Con ella toda persona tiene derecho a rechazar o paralizar cualquier tratamiento, aunque ponga en peligro su vida; así como a recibir tratamiento contra el dolor, incluida la sedación paliativa. Se le garantiza una habitación individual, o cuidados paliativos en su casa. El personal sanitario deberá respetar sus decisiones, sin imponer las suyas. Todos los centros contarán con un Comité Ético, para asesorar en caso de conflicto.
Se incluye intervención de la consejera de Salud María Jesús Montero.
Presenta Silvia Sanz, informan Isabel Gómez y Amaya García Alegría. [Informativo «Noticias 2», 17/3/2010, Canal Sur Televisión].

2010: 17 y 18 de marzo. El pleno del Parlamento de Andalucía aprueba la Ley de  Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte de Andalucía.

La Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte de Andalucía.

Más información:

Proyecto de Ley de Muerte Digna en Andalucía:

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